Imagen de logo

Plan de Medidas Antifraude

ICN2 mantiene un firme compromiso con el respeto al ordenamiento jurídico, la integridad institucional, la transparencia en la gestión pública y la tolerancia cero frente a cualquier conducta irregular.

La Declaración Institucional contra el Fraude, expresa el compromiso inequívoco de ICN2 con la prevención, detección y sanción de cualquier actuación fraudulenta, corrupta o contraria a los principios de la integridad, legalidad y transparencia y el Plan de Medidas Antifraude de ICN2 (PMA), establece un conjunto sistemático de actuaciones orientadas a la identificación, evaluación y mitigación de los riesgos de fraude, corrupción, conflicto de intereses y doble financiación, garantizando así, una gestión diligente, eficiente y conforme a Derecho de los fondos y recursos gestionados por ICN2.

La política del Sistema Interno de Información se ha destinado a facilitar la comunicación segura de posibles infracciones normativas, irregularidades administrativas o incumplimientos de la normativa interna, contribuyendo a la prevención, detección y corrección de riesgos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, así como con la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

Las comunicaciones podrán realizarse a través de la plataforma del Canal de Denuncias que el ICN2 tiene habilitada. Si el informante así lo solicitara también podrá presentar su comunicación por medio de una reunión presencial con el responsable dentro del plazo máximo de 7 días desde su solicitud a las personas responsables del canal de denuncias, indicadas en el mismo.

En todos los casos se garantizará la confidencialidad de la identidad de la persona informante y de las personas afectadas, la protección de los datos personales, la presunción de inocencia, el derecho al honor y la prohibición expresa de cualquier forma de represalia.

El sistema admite igualmente la presentación de comunicaciones anónimas, siempre que los hechos expuestos resulten suficientemente concretos, verosímiles y detallados como para permitir su adecuada valoración y, en su caso, investigación.

De conformidad con la normativa vigente, las personas informantes podrán dirigirse, asimismo, a los canales externos habilitados por las autoridades competentes, tales como la Oficina Antifraude de Catalunya, el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), sin perjuicio de la utilización preferente del canal interno cuando este resulte adecuado y eficaz.

Adicionalmente, ICN2 dispone del protocolo de prevención, detección e intervención ante situaciones de acoso laboral, sexual o por razón de sexo y del protocolo para la prevención, detección e intervención por razón de orientación sexual, identidad y expresión de género. Esta situación, podrá denunciarse a través del Canal de Denuncias de ICN2.