Plan de Medidas Antifraude

ICN2 mantiene un firme compromiso con el respeto al ordenamiento jurídico, la integridad institucional, la transparencia en la gestión pública y la tolerancia cero frente a cualquier conducta irregular.

La Declaración Institucional contra el Fraude, expresa el compromiso inequívoco de ICN2 con la prevención, detección y sanción de cualquier actuación fraudulenta, corrupta o contraria a los principios de integridad, legalidad y transparencia y el Plan de Medidas Antifraude de ICN2 (PMA), establece un conjunto sistemático de actuaciones orientadas a la identificación, evaluación y mitigación de los riesgos de fraude, corrupción, conflicto de intereses y doble financiación, garantizando así, una gestión diligente, eficiente y conforme a Derecho de los fondos y recursos gestionados por ICN2.

La política del Sistema Interno de Información se ha destinado a facilitar la comunicación segura de posibles infracciones normativas, irregularidades administrativas o incumplimientos de la normativa interna, contribuyendo a la prevención, detección y corrección de riesgos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, así como con la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

Las comunicaciones podrán realizarse a través de la plataforma del Canal de Denuncias que el ICN2 tiene habilitada, es decir, a través de la plataforma accesible a través del siguiente enlace: whistleblower-channel.icn2.cat. Si el informante así lo solicitara también podrá presentar su comunicación por medio de una reunión presencial con el responsable dentro del plazo máximo de 7 días desde su solicitud a las personas responsables del canal de denuncias, indicadas en el mismo.

En todos los casos se garantizará la confidencialidad de la identidad de la persona informante y de las personas afectadas, la protección de los datos personales, la presunción de inocencia, el derecho al honor y la prohibición expresa de cualquier forma de represalia.

El sistema admite igualmente la presentación de comunicaciones anónimas, siempre que los hechos expuestos resulten suficientemente concretos, verosímiles y detallados como para permitir su adecuada valoración y, en su caso, investigación.

De conformidad con la normativa vigente, las personas informantes podrán dirigirse, asimismo, a los canales externos habilitados por las autoridades competentes, tales como la Oficina Antifraude de Catalunya, el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), sin perjuicio de la utilización preferente del canal interno cuando este resulte adecuado y eficaz.

Adicionalmente, ICN2 dispone del protocolo de prevención, detección e intervención ante situaciones de acoso laboral, sexual o por razón de sexo y del protocolo para la prevención, detección e intervención por razón de orientación sexual, identidad y expresión de género. Esta situación, podrá denunciarse a través del canal de Denuncias de ICN2.